Renovar la licencia de conducción: plazos, examen y multas

Cuánto dura su licencia según la edad, qué le miden en el examen del CRC y cuánto cuesta el comparendo por conducir con la licencia vencida en 2026.

Una optometrista sostiene una montura de pruebas sobre los ojos de un hombre sentado en el consultorio
Foto de Antoni Shkraba en Pexels

La licencia de conducción es de esos documentos que uno guarda y olvida: se saca a los veinte, se mete en la billetera y nadie vuelve a mirarla hasta que un agente la pide o hasta que un trámite la rebota. El problema es que su vencimiento no avisa, no llega ninguna carta, y la sanción por manejarla vencida no es la misma que por no tenerla —aunque en la calle mucha gente las confunde y termina aceptando un comparendo cuatro veces más caro del que le correspondía—.

Esta guía arma el mapa completo con la norma en la mano: cuánto dura la licencia según su edad y el servicio del vehículo, qué le van a medir en el examen médico, qué requisito frena la mitad de las renovaciones, cuánto cuesta exactamente el comparendo por conducir vencido y por qué la aseguradora también tiene algo que decir al respecto.

Cuánto dura una licencia particular: diez años, y dos edades que lo cambian

El artículo 22 del Código Nacional de Tránsito, en la redacción que le dio el artículo 197 del Decreto Ley 019 de 2012, fija tres plazos para el servicio particular y los separa por edad, no por categoría. La licencia dura diez años para conductores menores de sesenta años, cinco años para quienes tienen entre sesenta y ochenta, y un año para los mayores de ochenta.

El detalle que se pasa por alto es que la edad se mira en el momento del trámite, no cuando la licencia se venció. Alguien que renueva a los cincuenta y nueve sale con diez años por delante; el mismo conductor renovando catorce meses después, ya con sesenta cumplidos, sale con cinco. Es una diferencia de media década que depende de la fecha en que uno se pare en la ventanilla, y por eso conviene mirar el calendario antes de dejar pasar el vencimiento.

El Ministerio de Transporte lo resume sin ambigüedad en su propia página de trámites: nadie está obligado a renovar antes de que se cumpla el plazo, y la renovación anticipada es voluntaria. No existe un periodo de gracia posterior. El día siguiente al vencimiento, la licencia ya no habilita para conducir.

La de servicio público va por otro calendario

Las licencias C1, C2 y C3 —las que permiten manejar vehículos de servicio público— tienen una vigencia de tres años para menores de sesenta y de un año a partir de esa edad. El Decreto 019 de 2012 no tocó ese plazo cuando amplió el particular a diez años, así que la brecha entre los dos regímenes es hoy de siete años.

Hay un caso que confunde a mucha gente: quien tiene licencia de servicio público puede conducir un vehículo particular sin problema, siempre que su licencia esté vigente. Lo que no puede es hacerlo al revés. Y si decide recategorizar de público a particular, el Ministerio advierte que la licencia queda entonces con la vigencia de diez años, mientras que el paso contrario —de particular a público— exige capacitación previa en una escuela de enseñanza automovilística autorizada.

La fecha que manda es la del RUNT, no la del plástico

Desde que existe el formato único de licencia, el documento físico es un reflejo del registro, no la fuente. La información que consulta el agente de tránsito y la que valida el organismo cuando usted hace un trámite está en el Registro Único Nacional de Tránsito. Si hay diferencia entre lo impreso y lo registrado, gana el registro.

La consulta es gratuita y toma menos de un minuto en el portal ciudadano del RUNT: se entra con tipo y número de documento y aparece el estado de la licencia, sus categorías y la fecha de vencimiento de cada una. Cómo se hace paso a paso, y qué más se puede mirar de una vez en la misma sesión, está en la guía de la consulta gratuita del RUNT. Vale la pena hacerla dos meses antes de la fecha, no el mismo día.

El trámite son dos ventanillas, no una

El Ministerio de Transporte describe la renovación en dos pasos, y ese orden importa porque el segundo no funciona sin el primero. Primero se va a un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) habilitado, donde se practica el examen de aptitud física, mental y de coordinación motriz. El centro sube el resultado al RUNT en línea; no le entregan un papel que usted deba llevar a ninguna parte.

Después se va al organismo de tránsito: allí toman la foto, se pagan los derechos y, tras validar la identidad y que la persona esté a paz y salvo por multas, se expide la licencia nueva. Nada de esto se hace por internet de punta a punta —el examen y la foto son presenciales—, aunque varias ciudades permiten agendar cita y pagar antes para no hacer dos filas.

Una advertencia que la Superintendencia de Transporte repite cada año: conviene verificar que el CRC esté habilitado ante el Ministerio y adelantar el trámite sin intermediarios. Un certificado expedido por un centro que no está habilitado no entra al RUNT, y el dinero pagado no se recupera con facilidad.

Preguntas frecuentes

¿Cada cuánto se renueva la licencia de conducción en Colombia?

La licencia de servicio particular se renueva cada diez años si el conductor tiene menos de sesenta, cada cinco años entre los sesenta y los ochenta, y cada año a partir de los ochenta. La de servicio público se renueva cada tres años y, desde los sesenta, cada año. Lo fija el artículo 22 del Código Nacional de Tránsito.

¿Qué necesito para renovar la licencia de conducción?

Estar inscrito en el RUNT, presentar el documento de identidad original, estar a paz y salvo por comparendos ejecutoriados y hacer el examen de aptitud física, mental y de coordinación motriz en un Centro de Reconocimiento de Conductores habilitado. Con eso se va al organismo de tránsito, se toma la foto y se pagan los derechos del trámite.

¿Qué pasa si conduzco con la licencia de conducción vencida?

Es el literal B.2 del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito: ocho salarios mínimos diarios, que en 2026 equivalen a $337.627. El vehículo no se inmoviliza por esa causa. Es una infracción distinta de conducir sin haber obtenido la licencia, que son treinta salarios mínimos diarios y sí lleva inmovilización en el lugar.

¿Cuánto cuesta renovar la licencia de conducción?

No hay un precio nacional. El Ministerio de Transporte aclara que la tarifa la fija el Concejo Municipal o la Asamblea Departamental de cada jurisdicción, así que cambia de ciudad en ciudad y se actualiza cada enero. Al valor que cobra el organismo de tránsito hay que sumarle el examen del CRC, que se paga aparte.

¿Se puede renovar una licencia que se venció hace años?

Sí, y el trámite es el mismo que el de quien renueva a tiempo. No hay que repetir el curso de conducción ni el examen teórico-práctico: solo el examen de aptitud física, mental y de coordinación motriz. Las categorías que ya tenía se conservan, y se exige el paz y salvo por comparendos ejecutoriados.

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